La creciente aplicación de las tecnologías digitales en las empresas abre nuevos retos para los abogados que exigen, al menos, tener un conocimiento básico de las mismas. Avances tecnológicos especialmente complejos como blockchain, IA o el big data, están dando lugar a una transformación sin precedentes que muchas veces no cuenta aún con un marco legislativo realmente actualizado. Por ello, Bird & Bird lanza en España una serie de desayunos digitales en los que se debatirán de forma sencilla las principales tendencias tecnológicas para explicar y anticipar sus usos e implicaciones legales.
Alexander Benalal, Socio de Derecho Comercial y Nuevas Tecnologías del despacho, insiste en que “como abogado, es imposible abordar cuestiones jurídicas relacionadas con el uso de blockchain sin tener, al menos, unas nociones básicas de su funcionamiento”. En el desayuno “Blockchain básico para abogados (I): funcionamiento y retos”, el abogado ha empleado el ejemplo de Bitcoin para explicar a otros letrados y equipos legales de diversas compañías qué es el sistema de la cadena de bloques, cómo funciona la criptografía asimétrica o en qué se basa el protocolo de consenso.
“Blockchain tiene el potencial de cambiar muchos sectores ya que, hasta ahora, teníamos el internet de la información, pero esta tecnología nos ofrece un internet del valor, un marco nuevo que nos permite transaccionar con activos de una forma rápida, segura y sin intermediarios”, ha explicado el Socio de Bird & Bird.
Implicaciones legales de blockchain
La sesión ha empezado con una explicación pormenorizada del funcionamiento de Bitcoin. Cómo se garantiza el orden de los bloques, su integridad, que no haya sobre escritura o colisión de bloques, en qué consiste el proceso de minado. Se han tratado y contextualizado en una operación a escala de minado de un bloque lo que es un hash, el NONCE, una Prueba de Trabajo, un Wallet. Se ha explicado el funcionamiento del encriptado de doble clave. Todo ello son cuestiones que los abogados tecnológicos deben conocer para poder entender el cambio que esta tecnología supone, no solo para ciertas disciplinas jurídicas sino en general para la propia cultura jurídica que se asienta en un modelo piramidal o centralizado incompatible con Blockchain.
Según Benalal, el cambio de paradigma que supone esta tecnología se revela, por ejemplo, en lo siguiente:
Se suprimen los costes de intermediación
Se trata de un sistema descentralizado, Peer 2 Peer, muy seguro
Existe anonimato de los usuarios que realizan las transacciones
Ofrece liquidez a activos que antes no la tenían
La tokenización implica una democratización del acceso a ciertos activos. Este cambio de paradigma, da lugar a una serie de retos jurídicos, tanto relacionados con la tecnología en sí como de sus aplicaciones. Alexander se ha centrado en algunos propios de la tecnología en sí, como por ejemplo:
Ausencia de dueño: ¿quién responde de los fallos en el sistema?
Función de registro y sus límites
Privacidad: ¿cómo encaja con la normativa de protección de datos?
Comercio en redes distribuidas: ¿es una modalidad de e-commerce?
Smart contracts: ¿se trata de un nuevo tipo de contratos, una nueva forma de instrumentarlos o de actos concluyentes que deben de enmarcarse en una relación contractual más amplia?